¿Es tu primera cita con Hacienda? ¿ Te ayudamos ?

Fiscal Publicado el 01/10/2018


Si eres autónomo y acabas de empezar como empresario o profesional hay mucho por hacer para cumplir con Hacienda.

Como autónomo ya seas empresario o profesional cada tres meses has de declarar el IVA y el IRPF, salvo algunas excepciones. En el IVA vas a ajustar cuentas con Hacienda liquidando lo cobrado a los clientes menos lo pagado a tus proveedores. En cuanto al IRPF calcularemos la diferencia entre ingresos y gastos de la actividad económica y de este resultado si es positivo se ingresará a cuenta un porcentaje en Hacienda.


* Autoliquidación del IRPF. Los modelos 130 y 131.

Si tributas en estimación directa normal o simplificada haras un pago a cuenta del IRPF del 20% de tu resultado positivo, salvo que el 70% de tus ingresos del año anterior o del año en curso si eres nuevo autónomo, proceden de facturas emitidas con retención.

Si tributas por tu actividad en estimación objetiva, es decir módulos, utilizaras el modelo 131.


* Retenciones del IRPF. Los modelos 111 y 115

Si tienes empleados o contratas empresarios o profesionales a los que aplicas retenciones has de ingresar estas retenciones en Hacienda.

Si alquilas un local donde desarrollas la actividad has de practicar retención e ingresarla en Hacienda trimestralmente mediante el modelo 115


* Autoliquidación trimestral del IVA. El modelo 303

Con esta declaración ingresas en hacienda la diferencia entre el IVA facturado a tus clientes y el de las facturas de tus proveedores y acreedores.

Si tu actividad es exenta de IVA o está en el régimen especial de recargo de equivalencia normalmente no tienes que hacer esta declaración.


Si operas con otros países de la Unión Europea (UE) como operador intracomunitario tienes que presentar este modelo recapitulativo ante Hacienda el modelo 349.
Consejo
Es importante confiar en un equipo profesional como el de Asesoría PASTOR para resolver tus obligaciones con el fisco.
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