Deducir las amortizaciones aplicando todas las ventajas fiscales

Fiscal Publicado el 26/11/2018


Las cantidades contabilizadas como amortización de inmovilizado que correspondan a la depreciación efectiva son deducibles.

Son deducibles las cantidades contabilizadas en concepto de amortización de inmovilizado que correspondan a la depreciación efectiva que sufran los diferentes elementos por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia.

Se consideran deducibles las amortizaciones cuando se calculan en función de los sistemas legalmente establecidos, que serían:
1. Aplicar al valor del bien un coeficiente de amortización entre el máximo y el mínimo establecido en la tabla.
2. Aplicar al valor pendiente de amortizar un porcentaje constante en función de unos coeficientes que dependen del periodo de amortización en tablas
3. Solicitar un plan de amortización y que sea admitido por la administración.

Se considera valor amortizable el precio de adquisición o coste de producción, excluido, en su caso, el valor residual.

En las edificaciones no es amortizable la parte del precio de adquisición correspondiente al valor del suelo.

Los elementos de inmovilizado material o inversiones inmobiliarias se empiezan a amortizar desde su puesta en condiciones de funcionamiento y los de inmovilizado intangible desde el momento en que están en condiciones de generar ingresos.

Los elementos usados se amortizarán siguiendo los siguientes criterios:
- hasta el límite del doble del coeficiente de amortización de tablas sobre el precio adquisición
- si se conoce el precio de adquisición originario (elemento nuevo) aplicando el coeficiente de tablas sobre este valor

La norma regula las circunstancias para aplicar mejoras fiscales en este ámbito, concretamente:
• Las sociedades anónimas laborales y sociedades limitadas laborales pueden aplicar en ciertos casos libertad de amortización.
• Los elementos afectos a las actividades de investigación y desarrollo pueden aplicar en ciertos casos libertad de amortización.
• Los elementos patrimoniales que cumplan los siguientes requisitos:
- Que se trate de elementos del inmovilizado material.
- Que sean nuevos.
- Que su valor unitario no exceda de 300 euros.


Las entidades de reducida dimensión pueden aplicar
• Libertad de amortización para las inversiones generadoras de empleo pymes
• Amortización acelerada de elementos nuevos de inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias.

Por otra parte los bienes adquiridos en arrendamiento financiero (leasing) pueden aplicar, si cumplen los requisitos que marca la norma, un régimen de amortización más beneficioso.
Consejo
Asesórese sobre las ventajas fiscales para PYMES.
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