Ayudas a asociaciones empresariales y Consejos Reguladores

Economía Publicado el 08/03/2011


Ayudas en materia de internacionalización y promoción comercial: Acciones desarrolladas por asociaciones empresariales y Consejos Reguladores de Denominación de Origen de la Comunitat Valenciana.

Objeto del trámite

Favorecer la internacionalización de las empresas y la promoción de los productos de la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio 2011, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que permitan incrementar y consolidar la presencia de los mismos en los principales mercados internacionales.


¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes

Los Consejos Reguladores de Denominación de Origen, y las asociaciones empresariales con independencia de la forma jurídica que adopten radicados/as en la Comunitat Valenciana que tengan un plan sectorial o un plan de promoción exterior, así como los miembros asociados de éstos/as que tengan la condición de pyme y cuyo domicilio social esté ubicado en la Comunitat Valenciana y que participen, en nombre y por cuenta del Consejo Regulador o asociación de la que son miembros, en algunas de las acciones conjuntas de promoción exterior subvencionables, organizadas por los citados Consejos Reguladores, asociaciones o entidades, conforme a lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.



Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

CUANTÍA

- Las ayudas podrán alcanzar hasta el 60% del coste (IVA excluido), de las acciones previstas para el año 2011, correspondiente a los gastos que se especifican como subvencionables en los diferentes apartados de la convocatoria, siempre que el presupuesto mínimo elegible de la solicitud y su debida justificación sea de 1.000,00 euros.

- En caso de las empresas este límite les afectará tanto cuando realicen acciones individuales como cuando que lo hagan de forma agrupada o en acciones organizadas por asociaciones empresariales o Consejos Reguladores.

PAGO

1. Las asociaciones y consejos reguladores de denominación de origen, además de presentar la documentación general prevista en el artículo 11, en la justificación de las subvenciones para la confección de catálogos y/o repertorios sectoriales, destinados exclusivamente al mercado exterior, deberán aportar necesariamente un ejemplar de dicho
material.

2. Salvo que por circunstancias concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión de la ayuda, el plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará:

a) La justificación de las acciones realizadas en el primer trimestre de 2011, entendiéndose por tales aquellas cuyo inicio se produzca a partir del 1 de enero, se presentará junto con la solicitud de subvención.

b) Para las acciones realizadas en el segundo trimestre opcionalmente junto con la solicitud y en su defecto el 30 de junio de 2011 entendiéndose por tales aquellas cuyo inicio se produzca a partir del 1 de abril.

c) Para las acciones realizadas en el tercer trimestre, el día 7 de octubre de 2011. entendiéndose por tales aquellas cuyo inicio se produzca a partir del 1 de julio.
d) Para las acciones realizadas en el cuarto trimestre, el día 11 de noviembre de 2011entendiéndose por tales aquellas cuyo inicio se produzca a partir del 1 de octubre
3. El pago de las ayudas se efectuará a la asociación o consejo regulador, correspondiendo a éstas la distribución de la misma entre las pymes participantes en los términos establecidos en la resolución de concesión de la ayuda.


¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación

El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el día 15 de abril de 2011.


¿Dónde dirigirse?

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

- Y, preferentemente, en:

REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INNOVACIÓN
C/ COLÓN, 32
46004 Valencia
Tel: 012

Consejo
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