Ayudas a la participación en programas nacionales e internacionales

Economía Publicado el 15/04/2011


De I+D+i empresarial en cooperación.
Favorecer la participación de las Pymes de la Comunitat Valenciana en los distintos programas nacionales e internacionales de cooperación

Favorecer la participación de las Pymes de la Comunitat Valenciana en los distintos programas nacionales e internacionales de cooperación en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.


Interesados/Solicitantes

Pymes industriales y de servicios relacionados con la industria que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y cuyos proyectos objeto de ayuda se realicen en dicho territorio.



CUANTÍA

1. Las actuaciones a subvencionar corresponden a acciones a realizar durante el año 2011. El importe de la ayuda por actuación se determinará en función de las disponibilidades presupuestarias, los costes subvencionables y la evaluación realizada por el órgano designado. En todo caso, dicho importe no podrá suponer que el importe total de las ayudas de minimis que reciba la empresa durante un período de tres ejercicios fiscales sea superior al límite de 200.000 euros.

2. Para la modalidad A, las ayudas consistirán en una subvención por importe de hasta 25.000 euros cuando la empresa participe como socio del proyecto y de hasta 40.000 euros cuando la empresa participe como coordinador. Se podrá conceder únicamente una ayuda por cada proyecto de I+D+i.
No obstante, el importe de la ayuda no superará el 10% del presupuesto de la empresa beneficiaria en el proyecto de I+D+i para cuya elaboración se solicita la ayuda.
Serán conceptos susceptibles de ayuda, los directamente vinculados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta:
a) Gastos de asistencia técnica por la elaboración de la propuesta.
b) Gastos de personal dedicado a la elaboración y preparación de la propuesta, hasta un máximo del 50% del presupuesto.
c) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento, relacionados con desplazamientos para reuniones con socios del consorcio y preparación de la propuesta.
d) Otros gastos complementarios, debidamente justificados.

3. Para la modalidad B, las ayudas consistirán, en una subvención por importe de hasta 60.000 euros.
Serán conceptos susceptibles de ayuda, los directamente vinculados a la promoción, difusión y transferencia de los resultados obtenidos en los proyectos de programas nacionales e internacionales así como la negociación de los acuerdos internacionales de cooperación industrial sobre la base de esos resultados:
a) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento, relacionados con desplazamientos para la promoción y difusión de resultados.
b) Gastos de personal dedicado a la negociación de contratos de transferencia de tecnología
c) Gastos necesarios para la elaboración de contratos de transferencia de tecnología.
d) Gastos de elaboración del plan de negocio para la implementación de tecnología.
e) Gastos de protección de resultados.
f) Otros gastos complementarios, debidamente justificados.

4. Para la modalidad C, serán conceptos susceptibles de ayuda, los gastos de funcionamiento directamente vinculados a estimular la participación de las pyme de la Comunitat Valenciana en programas nacionales e internacionales de investigación industrial y de innovación empresarial.

5. De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se autoriza a los beneficiarios a subcontratar la totalidad de la actividad subvencionada.


PAGO

- La ayuda se librará en el momento que se haya procedido a su justificación, siempre que quede acreditada la realización de la actividad. Sin perjuicio de las instrucciones que pueda dictar la directora general de Industria e Innovación, los beneficiarios estarán obligados a presentar la documentación necesaria como justificación de las ayudas recibidas.

- El plazo para la presentación de las justificaciones terminará el 15 de noviembre de 2011, salvo que se fije un plazo distinto en la resolución de la concesión.


Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación en el DOCV nº 6.501, de 13/04/2011, hasta el 1 de agosto de 2011, inclusive.

Consejo
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