Claves del renovado impuesto del patrimonio

Fiscal Publicado el 22/09/2011


Se elimina la bonificación estatal del 100% que hasta ahora se aplicaba sobre la cuota íntegra del impuesto, y vuelven las obligaciones formales hasta ahora derogadas.

La L 4/2008 derogó el gravamen del IP, con efectos desde el 1-1-2008, al establecer una bonificación estatal del 100% sobre la cuota íntegra del Impuesto.

Ahora vuelve el Impuesto con efectos exclusivamente para los ejercicios 2011 y 2012, cuyas declaraciones se presentarán, respectivamente, en 2012 y 2013.

No se han introducido modificaciones sustanciales en la estructura del impuesto, que se ha reactivado eliminándose la citada bonificación.

Para reforzar su carácter extraordinario y dirigido a obtener la contribución de un número relativamente reducido de contribuyentes, con especial capacidad económica, se han introducido las siguiente modificaciones:

1. Vivienda habitual.
El importe de la exención aplicable a la vivienda habitual se incrementa hasta 300.000 euros (hasta ahora, 150.253,03 euros).

2. Mínimo exento.

Se introducen las siguientes novedades:

- el importe en el que la base imponible se reduce por este concepto se incrementa hasta 700.000 euros (hasta ahora, 108.182,18 euros);
- se aplica también a los sujetos pasivos sometidos a obligación real de contribuir.

También se han recuperado las siguientes normas relativas a elementos del tributo objeto de eliminación técnica en su momento:

- bonificación de la cuota en Ceuta y Melilla;
- representantes de los sujetos pasivos no residentes en España;
- autoliquidación del Impuesto;

3. Personas obligadas a presentar la declaración.

Los sujetos pasivos cuya cuota tributaria, una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedan, resulte a ingresar, o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos resulte superior a 2.000.000 euros.

Con efectos desde el 1-1-2013, se vuelve a suprimir el gravamen por el Impuesto, al restablecer la bonificación estatal del 100% sobre la cuota íntegra del impuesto y derogar la normas relativas a los representantes de los sujetos pasivos no residentes, bonificación de la cuota en Ceuta y Melilla, autoliquidación, personas obligadas a presentar la declaración y presentación de la declaración.
Consejo
Planifica durante estos meses la declaración y evita sorpresas de última hora.
Textos relacionados en Fiscal
Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

Se puede reducir el IMPUESTO DE LA RENTA al realizar aportaciones a Planes de Pensiones y otros sistemas de previsión social. Esto resulta muy conveniente porque se obtiene un doble beneficio fiscal:

Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

RENTA 2022. Al acercarnos al final del año merece la pena revisar los elementos de la RENTA que pueden AHORRANOS impuestos, como las aportaciones al Plan de Pensiones.

Aplazar los pagos de impuestos de Abril de 2021

Las empresas cuya facturación haya sido inferior a 6.010.121,04 € en 2020 podrán solicitar aplazamiento de las deudas tributarias en condiciones muy ventajosas

*Le ofrecemos un breve resumen de temas que pueden ser de su interés.

*El contenido de estos informativos es de carácter orientativo. Cualquier acción u omisión amparada en esta información ha de ser contrastada y revisada  previamente por nuestros especialistas.

*En Asesoría Pastor Dígame, SL les ofrecemos un Servicio Exclusivo de Atención Personalizada para ampliar la información precedente en los temas que sean de su interés. Tel. 965123732

Contacto