Solicitud de adhesión a las ayudas Plan Renove Electrodomésticos 2011

Economía Publicado el 27/09/2011


La adhesion a la campaña de ayudas para la adquisición de aparatos electrodomésticos de alta eficiencia energética.



En concreto los aparatos electrodomésticos susceptibles de esta ayuda son los siguientes:
a) Frigoríficos y frigoríficos-congeladores con clasificación energética A+, A++ y A+++.
b) Congeladores con clasificación energética, A+, A++ y A+++.
c) Lavadoras con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 170 Wh/kg.
d) Lavadoras con clasificación energética según el nuevo etiquetado, A+,A++ y A+++.
e) Lavadoras termoeficientes con clasificación energética A y eficacia de lavado A, o con clasificación energética A según el nuevo etiquetado.
f) Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A.
g) Lavavajillas con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 0,98kWh/ciclo.
h) Lavavajillas con clasificación energética según el nuevo etiquetado, A, A+, A++ y A+++.
i) Lavavajillas termoeficientes con clasificación energética A y eficacia de lavado A, o con clasificación energética A según el nuevo etiquetado.
j) Hornos con clasificación energética A.
k) Encimeras de inducción total.
* Los aparatos a) y b) con un volumen mínimo de refrigeración de 150 litros.


Interesados/Solicitantes

Las adhesiones podrán realizarse conjuntamente por parte de una cadena de establecimientos, o una asociación de comercios, pero deberán en todo caso incluirse la relación de los establecimientos que aglutina esa adhesión, así como los datos de estos comercios, incluyendo CIF y número de cuenta bancaria, a efectos de realizar los pagos de las ayudas.

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

La cuantía de ayuda individual para cada aparato es la siguiente:
a) Frigoríficos y frigoríficos-congeladores con clasificación energética A+ (105 euros), A++ (125 euros) y A+++ según el nuevo etiquetado (145 euros).
b) Congeladores con clasificación energética, A+ (105 euros), A++ (125 euros) y A+++ según el nuevo etiquetado (145 euros).
c) Lavadoras con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 170 Wh/kg, (105 euros).
d) Lavadoras con clasificación energética según el nuevo etiquetado A+ (105 euros), A++ (125 euros) y A+++ (145 euros).
e) Lavadoras termoeficientes con clasificación energética A y eficacia de lavado A, o con clasificación energética A según el nuevo etiquetado (105 euros).
f) Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A o con clasificación energética A según el nuevo etiquetado (85 euros).
g) Lavavajillas con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético inferior o igual a 0,98 kWh/ciclo (105 euros).
h) Lavavajillas con clasificación energética según el nuevo etiquetado, A+ (105 euros), A++ (125 euros) y A+++ (145 euros).
i) Lavavajillas termoeficientes con clasificación energética A y eficacia de lavado A, o con clasificación energética A según el nuevo etiquetado (105 euros).
j) Hornos con clasificación energética A (85 euros).
k) Encimeras de inducción total (105 euros).

La cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio del mismo superior al 25%, por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Se entiende por precio, el importe de venta del aparato, IVA no incluido.

La entrega y disposición de los fondos de las ayudas reguladas en esta convocatoria la realizará, la Agencia Valenciana de la Energía a través de transferencias bancarias a los establecimientos adheridos previa comprobación de los justificantes de los expedientes objeto de las ayudas.

Plazo de presentación

Según se indica, en la web de la Agencia Valenciana de la Energía (AVEN), se encuentra abierto el plazo de adhesión.

REGISTRO DE LA AGENCIA VALENCIANA DE ENERGÍA (AVEN)
C/ COLÓN, 1
46004 Valencia
Tel: 963427900


¿Qué documentación se debe presentar?

Para la adhesión:

Los comercios interesados en participar y colaborar en la campaña de ayudas deberán hacer entrega de la correspondiente ficha de adhesión previa al inicio de la campaña debidamente cumplimentada.


Para la percepción de la ayuda:

Únicamente se podrá solicitar la subvención una vez justificada suficientemente la realización de la actividad susceptible de ayuda, a cuyo efecto el establecimiento adherido a la campaña deberá presentar en la oficina de campaña adscrita a este proyecto la siguiente documentación:

1. Duplicado o copia de la factura completa indicando:
- Marca, y modelo del aparato.
- Nombre y DNI del comprador.
- Nombre y CIF del comercio.
- Importe del descuento realizado.
- Fecha de la compra.
- Sello del comercio.

2. Fotocopia del DNI o tarjeta de identificación fiscal del comprador. En el caso de extranjeros que residan en la Comunitat Valenciana, se aportará fotocopia del NIE en vigor o certificado de registro de residente comunitario junto con fotocopia del pasaporte en vigor.

3. Bono de ayuda correctamente cumplimentado, donde se certifica haber realizado el «Plan Renove», es decir, haber retirado el antiguo aparato del mismo tipo al vendido.

Impresos asociados

Plan Renove electrodomésticos. Ficha de solicitud de adhesión de establecimientos


¿Cómo se tramita?


La Agencia Valenciana de la Energía, para el desarrollo de las distintas actuaciones:

a) Pondrá en marcha una oficina de campaña dotada de los adecuados medios técnicos y humanos necesarios para poder realizar el control y gestión de las ayudas.

b) Verificara, el cumplimiento y la efectividad de las condiciones establecidas para otorgar las subvenciones comprobando para ello los justificantes presentados.

Las ayudas objeto de esta campaña se canalizarán a través de los establecimientos adheridos a la misma, que lo harán libremente y asumiendo los compromisos establecidos en la resolución, mediante la entrega en la oficina de campaña de la ficha de adhesión, disponible en la página web, junto con la documentación correspondiente .

Dichos establecimientos, descontarán del precio final de venta al público la cantidad establecida como ayuda para cada uno de los electrodomésticos vendidos que cumpla con los requisitos establecidos en esta campaña de ayudas.

Una vez realizada la venta, el establecimiento deberá cumplimentar un impreso denominado «bono de ayuda» disponible en la página web de la oficina de campaña, indicando en el mismo la clave del aparato vendido (anexo I de la resolución) y remitirlo junto con la documentación que se describe en el artículo 8 de la resolución a la oficina de campaña, donde se revisarán cada uno de los expedientes.


¿Qué recursos proceden contra la resolución?

Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).


Información complementaria


a) Retirar los electrodomésticos sustituidos sin coste adicional para el beneficiario final y tratar este residuo conforme a lo establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos, electrónicos y la gestión de sus residuos. En este sentido, el comercio deberá tener suscrito un convenio o contrato con un gestor autorizado de residuos que garantice lo establecido en el mencionado Real Decreto.
Asimismo, el comercio adherido deberá certificar la entrega del electrodoméstico para ser reciclado, de manera que una vez ejecutada la medida, el número de equipos subvencionados sea igual al de entregados.
b) Realizar el descuento de la ayuda siempre en el momento de la venta y entregar a los beneficiarios, el correspondiente cuerpo del bono como justificante de la ayuda recibida, así como la factura original del aparato adquirido donde conste el descuento realizado.
c) Utilizar fielmente la imagen de la campaña de comunicación establecida por la Agencia Valenciana de la Energía para el desarrollo de la misma e incluirla en todos los elementos promocionales de los comercios sin confundirla con otras promociones propias del establecimiento, figurando de forma diferenciada el precio del producto antes de aplicar el importe de la subvención del Plan Renove y el mismo una vez aplicado el descuento.
Asimismo en toda comunicación de precios se hará referencia explícita al aspecto energético asociado al incentivo, así como a las administraciones públicas que ponen en marcha la campaña de ayudas (IDAE-Generalitat Valenciana-AVEN).
d) Colaborar activamente en la difusión y apoyo de los objetivos de la campaña relativos a:
- Dar a conocer y difundir la existencia de la etiqueta energética de los aparatos electrodomésticos en los establecimientos de venta.
- La sensibilización hacia el ahorro y la eficiencia energética.
e) Participar a través de sus representantes (preferiblemente vendedores) en las sesiones de formación/comunicación que se organicen por parte de la AVEN o en su nombre, en las que se explicará el contenido de la campaña y la finalidad de la misma.
f) Tramitar, cumplimentar y remitir a la Oficina de Campaña, los correspondientes expedientes de ayudas según las condiciones que se establecen en el artículo 8 de esta resolución.
g) Someterse a las actuaciones de control que lleve a cabo directamente o en su nombre la Agencia Valenciana de la Energía y a las actuaciones de control financiero que realicen la Intervención General de la Generalitat y la Sindicatura de Comptes.


Normativa

Resolución de 5 de septiembre de 2011, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Electrodomésticos, destinadas a la adquisición de electrodomésticos de alta eficiencia energética (DOCV núm. 6616, de 26.09.2011).
Consejo
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