Subvenciones. Deporte. Educación.

Economía Publicado el 15/11/2011


Podrán solicitar estas subvenciones los centros educativos de educación primaria y educación secundaria obligatoria de la Comunitat Valenciana sostenidos con fondos públicos.

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

La máxima subvención por proyecto se establece en 3.000 euros.

PAGO

Para el cobro de la subvención los beneficiarios deberán presentar la documentación siguiente:

· Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades físicas y deportivas detalladas en el proyecto, con indicación de los siguientes extremos: actividades realizadas, número de alumnos participantes en cada una de ellas, personas o entidades organizadoras de las actividades, horarios de las actividades, instalaciones, resultados y evaluación de la actividad.

· Liquidación de ingresos y gastos. Una relación clasificada de todos los ingresos y gastos ocasionados por la realización de todas las actividades incluidas en el proyecto deportivo, con indicación del acreedor, concepto, importe y fecha de emisión, firmado por secretario/a del centro escolar, con el visto bueno del director.

El plazo de justificación finalizará el 6 de julio de 2012.



Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de diciembre de 2011.



¿Dónde dirigirse?

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

- Y, preferentemente, en:

CONSELL VALENCIÀ DE L'ESPORT
C/ PROFESOR BELTRÁN BÁGUENA, 5
46009 Valencia
Tel: 961964900
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE CASTELLÓN - CONSELL VALENCIÀ DE L'ESPORT
AVDA. DEL MAR, 23
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 964358563
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALENCIA - CONSELL VALENCIÀ DE L'ESPORT
C/ AVELLANAS, 14 - 2ºG
46003 Valencia
Tel: 963985101
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ALICANTE - CONSELL VALENCIÀ DE L'ESPORT
C/ JAIME SEGARRA, 4-6 ENTLO.
03010 Alacant/Alicante
Tel: 965937210
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
AVDA. CAMPANAR, 32
46015 Valencia
Tel: 961923375




Impreso de solicitud normalizado, acompañado de:

- Proyecto deportivo de centro que promueva la actividad física y el deporte fuera del horario lectivo, aprobado por el Consejo Escolar del centro e integrado en el Proyecto Educativo del Centro y en la Programación General Anual del Centro.

- Certificado del secretario/a del centro, con el visto bueno del director/a, donde conste que las actividades físico-deportivas se llevarán a cabo en horario no lectivo y que el centro cederá espacio físico y la infraestructura requerida para llevar a cabo las actividades físico-deportivas previstas en el proyecto, así como el grado de implicación de los distintos miembros de la comunidad educativa y deportiva.

- Certificado del secretario/a del centro en el que se transcriba literalmente el apartado del acta del Consejo Escolar del centro y del Claustro en que conste la aprobación del proyecto como parte del proyecto educativo del centro e integrado en la Programación Anual del Centro, y el compromiso de adoptar las medidas necesarias para su realización.

- Ficha de mantenimiento de terceros (datos bancarios), según el modelo normalizado del Consell Valencià de l'Esport.

Impresos asociados

SOLICITUD DE SUBVENCIONES A CENTROS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DEPORTIVOS DE CENTRO

MANTENIMIENTO DE TERCEROS PROVEEDORES. ALTA DE ENTIDAD DE CRÉDITO


¿Cómo se tramita?


Presentación de la documentación requerida.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o falte algún documento complementario de los que en cada caso se exijan, se requerirá a los interesados para que lo subsanen en el plazo de diez días, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución dictada por el vicepresidente del Consell Valencià de l'Esport.

Se constituirá una comisión evaluadora formada por cinco miembros del Consell Valencià de l'Esport designados por el vicepresidente del Consell Valencià de l'Esport.

Constituida la comisión evaluadora procederá al estudio y valoración de las solicitudes comprobando el cumplimiento de los requisitos de las bases, teniendo en cuenta para la concesión de las subvenciones una serie de criterios.

Una vez formalizados los actos de instrucción, la comisión evaluadora emitirá un informe en el que se concretará la evaluación y elevará la propuesta de concesión o desestimación al vicepresidente del Consell Valencià de l'Esport.

El vicepresidente del Consell Valencià de l'Esport resolverá la concesión o denegación de las solicitudes presentadas en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. No obstante, las solicitudes sobre las cuales no recaiga resolución expresa dentro del plazo indicado, se entenderán denegadas.

El Consell Valencià de l'Esport notificará a los interesados en el plazo establecido en el punto anterior la resolución de concesión o denegación de las solicitudes presentadas, publicándose asimismo en el DOCV de acuerdo con lo establecido por el artículo 18.1, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.



¿Qué recursos proceden contra la resolución?

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de reposición ante la presidenta del Consell Valenciá de l'Esport en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. O bien podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 44 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.


Información complementaria

Obligaciones

Los centros escolares beneficiarios de las subvenciones están obligados a:
· Dar publicidad de la financiación del Consell Valencià de l´Esport en las actividades y actuaciones del proyecto.
· Justificar ante el Consell Valencià de l'Esport el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
· Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Consell Valencià de l'Esport, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
· Comunicar al Consell Valencià de l'Esport la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
· Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
· Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
· Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
· Participar o asistir a actos o actividades deportivas a solicitud del Consell Valencià de l'Esport en la forma que se acuerde, y considerando que no afecte al normal desarrollo de las actividades propias del centro escolar.


Fuentes jurídicas y/o documentales

Normativa

- Resolución de 2 de noviembre de 2011 de la presidenta del Consell Valencià de l'Esport, por la que se convocan subvenciones a centros educativos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria sostenidos con fondos públicos, destinadas a la realización de proyectos deportivos de centro que promuevan la actividad física y el deporte fuera del horario lectivo durante el curso escolar 2011-2012 y estén integrados en el proyecto educativo del centro, y se aprueban las bases por las que se regirán (DOCV nº 6650, de 14/11/11).
Consejo
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