Renta 3.- Reducciones y deducciones

Fiscal Publicado el 24/11/2011


Recordatorio de reducciones y deducciones para ahorrar impuestos en la próxima declaración de Renta.

Planes de Pensiones

El límite para la reducción por aportación a planes de pensiones o similares
es el menor de los 2 siguientes:
a) 30% de los rendimientos de trabajo y actividades económicas (50% para mayores de 50 años)
b) 10.000 euros (12.500 para los mayores de 50)

Asimismo se puede reducir la base imponible del contribuyente en las aportaciones realizadas (a planes de pensiones y similares) a favor del cónyuge con el límite máximo de 2.000 euros y siempre que el cónyuge no obtenga rendimientos del trabajo o de actividades económicas superiores a 8.000 euros.

Para las personas con minusvalía superior al 65% los límites son de 24.250 euros para aportaciones directas y de 10.000 euros para las aportaciones que hagan los familiares que estén a su cargo a favor de las mismas. En todo caso las aportaciones totales con derecho a reducción no pueden superar los 24.250 euros



Deducción por vivienda habitual

Compras anteriores al 1/1/2011. Son deducibles los gastos realizados en compra, construcción, ampliación de la vivienda habitual y las aportaciones a cuenta vivienda con un límite de 9.015 euros anuales de inversión. En declaraciones separadas este límite se aplica para cada uno de los cónyuges.
El porcentaje de deducción es del 15%. No obstante, para no generar perjudicados, tienen compensación fiscal las viviendas compradas antes del 20 de enero de 2006.

Compras posteriores al 1/1/2011. Sólo será aplicable a los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 €.

También se puede deducir el 10,5% de las cantidades satisfechas (hasta un máximo de 9.040 euros anuales) por el alquiler de la vivienda habitual de cuando la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.107,20 euros.



Deducción por obras de mejora en vivienda habitual

Hasta 6/5/11 Los contribuyentes con base imponible inferior a 53.007,20 € tienen derecho a deducción por las cantidades satisfechas mediante tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito a las entidades que realicen obras de mejora en la vivienda habitual que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la sustitución de instalaciones de suministro o la creación de infraestructuras que favorezcan la accesibilidad, etc. El porcentaje de deducción es del 10% de las cantidades satisfechas con una base máxima de 4.000 € para rentas inferiores a 33.007,20 €. Para las rentas entre 33.007,20 y 53.007,20 la base máxima de deducción se va reduciendo paulatinamente.

A partir de 7/5/11 se aplica a todas las viviendas no afectas a actividades económicas. Se incrementa el límite de renta para poder aplicar la deducción hasta 71.007,19 €. El límite máximo de deducción se incrementa a 6.750 €. El porcentaje de deducción se incrementa al 20%.

Deducción por donativos
Son deducibles los donativos realizados a determinadas fundaciones y asociaciones de utilidad pública, ONGs, Cruz Roja, etc. La deducción mas habitual es del 25% de la cantidad donada.


Deducción por maternidad

Las mujeres trabajadoras pueden deducir por cada hijo menor de tres años 1.200 € hijo/año, calculada proporcionalmente por los meses en que se cumplan los requisitos originando el derecho a devolución de su importe si no hubiera cuota suficiente para absorberla
Se puede solicitar el pago de esta deducción de manera anticipada (100 euros/mes).


Deducción por nacimiento

Se elimina con efectos 1/1/11 la deducción de 2.500 €/anuales por nacimiento o adopción de hijo

Deducción 400 €

Se mantiene la deducción por obtención de rendimientos de trabajo (400 €) para rentas del trabajo inferiores a 8.000y para rentas entre 8.000 y 12.000 la deducción será de 400 € menos el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre dicha base y 8.000 € anuales. Para rentas superiores a 12.000 € desaparece


Deducciones autonómicas Comunidad Valenciana

Se establece entre otras las siguientes deducciones:
- por nacimiento de hijo,
- por nacimiento o adopción múltiples,
- por familia numerosa,
- por adquisición de primera vivienda habitual por contribuyentes menores de 35 años,
- por adquisición de vivienda habitual con ayudas públicas,
- por donaciones con finalidad ecológica y relativas al Patrimonio Cultural Valenciano
- por realización de labores no remuneradas en el hogar por alguno de los cónyuges en familias con 2 o más hijos,
- por alquiler de vivienda habitual,
- por inversiones para el aprovechamiento de energías renovables en la vivienda habitual
- por gasto de guardería para familias en las que trabajen ambos cónyuges,
- por madres trabajadoras con hijos mayores de 3 años y menores de 5 años
- deducción por compra o rehabilitación (posteriores a 20/01/06), con financiación ajena de la vivienda habitual
- deducción por incremento de costes de financiación ajena en la inversión en la vivienda habitual
- por contribuyentes con dos o más descendientes
- por ayudas públicas de protección a la maternidad
Consejo
Cualquier decisión amparada en la información que se ofrece a continuación ha de ser revisada y contrastada previamente por nuestros especialistas.
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