Nuevo contrato para la formación profesional Dual.

Economía Publicado el 11/11/2012


Se aprueba el decreto que desarrolla el Contrato para la Formación y el Aprendizaje y establece las bases de la Formación Profesional Dual.

La primera parte del texto, regula un modelo alternativo a la educación reglada, que compatibiliza la formación con el trabajo, de manera que permite que un trabajador sin título pueda convalidar sus conocimientos con créditos de módulos de Formación Profesional de grado medio o superior.

La segunda parte, establece las bases de la FP Dual en el sistema educativo, combinando los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación.

Entre las principales novedades del Contrato para la Formación y el Aprendizaje, incluido con la Reforma Laboral y desarrollado a través de este decreto, se establece que éste debe formalizarse por escrito y tendrá una duración mínima de un año y máxima tres, pues más allá de este plazo el contrato deberá ser indefinido ordinario.

Este modelo contractual está orientado para los trabajadores entre los 16 y 30 años. El tiempo para la formación es un mínimo del 25% de la jornada laboral en el primer año y en los siguientes será del 15%. Los centros donde podrán recibir la formación son, indistintamente, los 6.000 de FP, los 7.000 del sistema educativo o bien en la propia empresa, si tiene un centro homologado con los servicios de empleo estatales.

Los trabajadores con discapacidad podrán, entre otras cuestiones, ver ampliada la duración de su contrato hasta un máximo de cuatro años, en función de sus circunstancias personales y el 25% del tiempo de trabajo efectivo podrá dedicarse a rehabilitación, habilitación o ajuste personal o social. El proceso formativo puede ser tanto presencial como telemático y las empresas tienen que nombrar a un tutor que se haga responsable del itinerario formativo del trabajador dentro de la compañía. Además, en las empresas de menos de 250 trabajadores, el Estado bonifica el cien por cien de las cuotas a la Seguridad Social y en el caso de que sean empresas con más de 250 trabajadores, se bonificará el 85%.

Cuando el trabajador termine este tipo de contrato y siga en la empresa con uno indefinido, seguirá bonificado el contrato por la Seguridad Social, de tal manera que se pagará 1.500 euros anuales durante los tres primeros años de contrato indefinido; cuando se trate de una mujer, esta cantidad asciende a 1.800 euros anuales.
Consejo
Textos relacionados en Economía
Ayudas para autónomos de la comunidad Valenciana

Se establecen ayudas para autónomos de entre 1.500 y 750 euros, que hayan tenido que cesar en la actividad o reducido sus ingresos en un 75% o más.

Un nuevo desafió para PYMES , autónomos y profesionales.

Es un reto resumir normativa, novedades y recomendaciones de como afrontar esta situación absolutamente nueva para todos a nivel profesional y empresarial

Esquema del calendario fiscal, contable y mercantil

El modelo 232 y los pagos del IRPF y a cuenta del Impuesto de sociedades
en noviembre y diciembre

*Le ofrecemos un breve resumen de temas que pueden ser de su interés.

*El contenido de estos informativos es de carácter orientativo. Cualquier acción u omisión amparada en esta información ha de ser contrastada y revisada  previamente por nuestros especialistas.

*En Asesoría Pastor Dígame, SL les ofrecemos un Servicio Exclusivo de Atención Personalizada para ampliar la información precedente en los temas que sean de su interés. Tel. 965123732

Contacto