El método de estimación objetiva del IRPF

Fiscal Publicado el 11/12/2012


Recientemente se ha publicado la Orden que lo desarrolla para el año 2013.

Se mantiene la estructura de la Orden actual, la cuantía de los módulos y la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.

Con fecha 28-11-2012 se ha aprobado la nueva OM que desarrolla para el año 2013 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.


Como principales novedades cabe destacar las siguientes:

1) Plazo de renuncia y revocación.

2) Se mantiene para el ejercicio 2013 la medida relativa a la reducción del rendimiento neto de módulos para los contribuyentes que determinen el mismo por el método de estimación objetiva en dicho ejercicio.

3) Se establece para los contribuyentes que desarrollen actividades distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales incluidas en el anexo II de la OM en el término municipal de Lorca una reducción del rendimiento neto de módulos.

4) Se revisan con efectos 2013 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva a determinadas actividades agrícolas. Además, se reduce el índice de rendimiento neto para los productos del olivo. Este nuevo índice se aplicará igualmente, al año 2012.

5) Se han adaptado las magnitudes excluyentes del método de estimación objetiva a la modificación del IRPF por la que se establecen, con efectos desde el 1-1-2013, nuevas causas de exclusión del citado método para las actividades empresariales a las que pueda resultar de aplicación el tipo de retención del 1% de la LIRPF.
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