¿Está obligad@ a hacer la declaración de la renta?

Fiscal Publicado el 07/04/2013


Hasta el 1 de julio puede pedir y confirmar el borrador o los datos fiscales de la declaración de la renta 2012 por medios telemáticos, en el portal de la AEAT en Internet (www.agenciatributaria.es)

Los obligados a declarar son aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros sean superiores a 22.000 euros, mientras que los de ingresos menores con más de un pagador, deben declarar si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes es superior a los 1.500 euros.

También están obligados a declarar quienes teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

Para obtener el número de referencia que les permita acceder por Internet a su borrador, han de comunicar varios datos y el número del móvil en el que deseen recibir un SMS con ese número de referencia.

Pueden obtener el borrador de declaración los que reciban la renta básica de emancipación o subvenciones, excepto las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas. También se añade otro requisito como las pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.

Además, podrán pedir el borrador los contribuyentes con rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando se hayan atribuido a los socios, herederos, comuneros o partícipes.

Asimismo, en la imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles, frente a los dos del ejercicio anterior.

La campaña de renta se inicia el 24 de abril y termina el 1 de julio.
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