La ayuda económica del Programa PREPARA y el IRPF

Fiscal Publicado el 25/11/2013


El programa de recualificación profesional de las personas que agotaran su protección por desempleo

Ayuda económica del 75 por ciento del IPREM mensual, hasta un máximo de seis meses, cuando la persona solicitante careciera de rentas de cualquier naturaleza superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.


1º.- Esta ayuda económica comporta para sus beneficiarios la realización del hecho imponible del IRPF (obtención de renta por el contribuyente), renta que, a su vez, no se encuentra amparada por ninguno de los supuestos de exención establecidos legalmente.

2º.- Su calificación.

Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas.

Se incluirán, en particular:

a) Los sueldos y salarios.

b) Las prestaciones por desempleo.

(...)”.

Con esta configuración legal de los rendimientos del trabajo solo puede concluirse que las ayudas económicas públicas a personas desempleadas tienen la consideración, a efectos del IRPF, de rendimientos del trabajo.

Ahora bien, esta calificación como rendimientos del trabajo no amparados por exención alguna no comporta de forma automática su tributación efectiva en el IRPF, pues (debido al importe de la ayuda) esta tributación dependerá también de la existencia de otras rentas y puede quedar sin efecto por la aplicación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y del mínimo personal y (en su caso) familiar.
Consejo
Asesoría de PYMES. Fiscal y Laboral orientado a la gestión de empresas. Autónomos y Emprendedores. Asesoría Fiscal y Laboral en Alicante, en Elche, San Vicente del Raspeig...
Textos relacionados en Fiscal
Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

Se puede reducir el IMPUESTO DE LA RENTA al realizar aportaciones a Planes de Pensiones y otros sistemas de previsión social. Esto resulta muy conveniente porque se obtiene un doble beneficio fiscal:

Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

RENTA 2022. Al acercarnos al final del año merece la pena revisar los elementos de la RENTA que pueden AHORRANOS impuestos, como las aportaciones al Plan de Pensiones.

Aplazar los pagos de impuestos de Abril de 2021

Las empresas cuya facturación haya sido inferior a 6.010.121,04 € en 2020 podrán solicitar aplazamiento de las deudas tributarias en condiciones muy ventajosas

*Le ofrecemos un breve resumen de temas que pueden ser de su interés.

*El contenido de estos informativos es de carácter orientativo. Cualquier acción u omisión amparada en esta información ha de ser contrastada y revisada  previamente por nuestros especialistas.

*En Asesoría Pastor Dígame, SL les ofrecemos un Servicio Exclusivo de Atención Personalizada para ampliar la información precedente en los temas que sean de su interés. Tel. 965123732

Contacto