El Ministerio de Trabajo suprime el libro de visitas.

Economía Publicado el 14/09/2016


Las empresas debían llevar este libro en el que se dejaba constancia de las diligencias de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social ITSS.

La Orden EES/1452/2016, de 10 de junio traslada a la propia ITSS la obligación de
documentación y dejar constancia de sus actuaciones.

La diligencia se rellenará en un modelo que podrá hacerse de forma electrónica.

En las comunidades con lengua cooficial deberá habilitarse un modelo en versión bilingüe.

La ITSS remitirá a la empresa una copia de la diligencia que habrá que conservar durante cinco años.

Los libros de visita y diligencias anteriores también se han de conservar durante 5 años.

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