Estoy desempleado y quiero ser autónomo.

Economía Publicado el 08/06/2017


Si estás cobrando el desempleo e inicias una actividad como autónomo, durante 24/60 meses se suspenderá el desempleo y si se sobrepasa dicho periodo, se extinguirá.

Podrá reanudar la prestación cuando cese la actividad (24/60 meses) y previa solicitud en el plazo de 15 días hábiles siguientes a partir del cese de autónomo.

Se podrá optar entre:

- la protección por cese de actividad, o
- reabrir el derecho a la protección por desempleo suspendida.

La prestación por desempleo se extinguirá:

- Si el trabajo por cuenta propia es de duración igual o superior a 60 meses.
- Si siendo el trabajo por cuenta propia de duración igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses, el trabajador no causó alta como autonomo.

Compatibilidad de la prestación con el trabajo por cuenta propia

Podrás compatibilizar la percepción mensual de la prestación por desempleo de nivel contributivo y la situación de alta como autónomo durante un máximo de 270 días, siempre que lo solicites en el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.

También se podrá aplicar a quienes se incorporen como socios de sociedades laborales de nueva creación o socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado de nueva creación que estén encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.


Durante el periodo de compatibilidad no se exige que cumpla con las obligaciones como demandante de empleo y las derivadas del compromiso de actividad.

No cabe la compatibilidad en los supuestos de:

a) personas cuyo último empleo haya sido por cuenta propia;
b) quienes hayan hecho uso de la compatibilidad u obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses inmediatamente anteriores; y
c) quienes se constituyan como trabajadores autónomos y suscriban un contrato para la realización de su actividad profesional con el empleador para el que hubiese prestado sus servicios por cuenta ajena con carácter inmediatamente anterior al inicio de la situación legal de desempleo o una empresa del mismo grupo empresarial de aquella.
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