El impuesto de Actividades económicas en la provincia de Alicante

Fiscal Publicado el 05/09/2018


El Impuesto de Actividades Económicas IAE, recae sobre quienes realizan actividades económicas con independencia de que se realicen o no en local determinado

Están exentas principalmente:

* Todas las empresas durante los dos primeros años de actividad.

* Las empresas cuyo titular es una persona física.

* Las Sociedades, las S. Civiles y C. de bienes que no superan el millón de euros.

Por ejemplo si en 2.016 su cifra de negocios fue inferior al 1.000.000€ en 2018 estará exenta.

• La modificación de los datos que tiene la administración para calcular la cuota y las posibles reducciones o bonificaciones se ha de realizar con un mes de plazo, y surte efectos al año siguiente.


PLAZOS DE PAGO

En los primeros días del periodo voluntario de pago han de estar en su poder las cartas de pago, en otro caso hay que reclamarlas, ya que la no recepción del documento de ingreso no exime del pago del mismo.

* Las cuotas provinciales y nacionales se pagaran desde el 17 de septiembre al 20 de noviembre de 2.018.

* Para las cuotas municipales el periodo voluntario de pago será el siguiente:

- Los ayuntamientos gestionados por SUMA (todos los de la provincia de Alicante excepto Alicante ciudad) del 25 de julio al 5 de octubre de 2.018 (los domiciliados se cargarán el 10 de septiembre)

- Ayuntamiento de Alicante del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2.018 (los domiciliados se cargarán el 3 de octubre)

* Para las liquidaciones individuales sin plazo de pago específico:
a) las notificadas entre los días 1 y 15 del mes, pagar antes del día 20 del mes siguiente.
b) las notificadas entre los días 16 y último del mes, pagar antes del día 5 del segundo mes posterior.


FORMA DE PAGO

Las cuotas del IAE se pueden liquidar a través de los bancos con el documento de ingreso recibido en caso de no estar domiciliados.
Consejo
Recomendamos que se comprueben todos IAE, tanto la correcta clasificación como los cálculos.
Textos relacionados en Fiscal
Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

Se puede reducir el IMPUESTO DE LA RENTA al realizar aportaciones a Planes de Pensiones y otros sistemas de previsión social. Esto resulta muy conveniente porque se obtiene un doble beneficio fiscal:

Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

RENTA 2022. Al acercarnos al final del año merece la pena revisar los elementos de la RENTA que pueden AHORRANOS impuestos, como las aportaciones al Plan de Pensiones.

Aplazar los pagos de impuestos de Abril de 2021

Las empresas cuya facturación haya sido inferior a 6.010.121,04 € en 2020 podrán solicitar aplazamiento de las deudas tributarias en condiciones muy ventajosas

*Le ofrecemos un breve resumen de temas que pueden ser de su interés.

*El contenido de estos informativos es de carácter orientativo. Cualquier acción u omisión amparada en esta información ha de ser contrastada y revisada  previamente por nuestros especialistas.

*En Asesoría Pastor Dígame, SL les ofrecemos un Servicio Exclusivo de Atención Personalizada para ampliar la información precedente en los temas que sean de su interés. Tel. 965123732

Contacto