Fiscal Publicado el 27/10/2009
Revisa el paquete IVA, es una necesidad de gestión. Resumen de CincoDias.com.
El lugar donde se gravará el IVA en operaciones intracomunitarias cambiará a partir de 2010, cuando entren en vigor las directivas europeas bautizadas como paquete IVA.
El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley que incluye cambios derivados de dos directivas europeas ideadas para simplificar la aplicación del IVA en operaciones intracomunitarias y facilitar, a su vez, la recuperación del tributo por parte de las empresas.
Entrarán en vigor en 2010.
La mayoría de empresas aún no ha tomado medidas al respecto.
El cambio más importante modificará la aplicación del IVA cuando se presten servicios entre empresas de Estados miembros.
Actualmente, la ley establece que el IVA se aplique en origen, es decir, en la sede del prestador del servicio.
Sin embargo, esta regla general se cumple poco y está llena de excepciones.
La nueva directiva europea convierte la excepción en norma. A partir de enero, cuando un despacho español, por ejemplo, trabaje para una compañía inglesa, la factura la emitirá sin IVA español. Y será la compañía británica quien deberá autorrepercutirse el IVA inglés. Así, en los intercambios entre empresas, el IVA se gravará en destino. Si bien los servicios profesionales ya aplican actualmente esta norma, en enero se generalizará.
Con este cambio, opina Natalia Pastor, socia de KPMG Abogados, las empresas deberán realizar un análisis de todos los servicios que reciben y que prestan con una dimensión internacional con el fin de confirmar si hay un cambio efectivo en su tributación".
Por otra parte, la nueva directiva lleva aparejada un incremento de las obligaciones de información. Actualmente, las empresas que realizan intercambios comerciales dentro de la UE deben presentar trimestralmente el llamado modelo 349, donde se detalla el tráfico intracomunitario de bienes.
A partir de enero, también se deberá informar de la prestación y adquisición de servicios dentro de la UE. El mayor celo de Hacienda en conocer este tipo de operaciones es fácil de entender, ya que la nueva directiva supondrá que muchas prestaciones de servicios dejarán de tributar en España.
Además, la presentación del modelo 349 pasará de ser trimestral a mensual. Ello, en opinión de Natalia Pastor implica que las empresas "deberán adaptar los sistemas para que sean capaces de captar esta información de manera eficaz y con una periodicidad mensual". Aunque las empresas cuyas operaciones no superen el umbral de 100.000 euros durante 2010 y 2011, y 50.000 euros a partir de 2012, podrán seguir presentando el 349 trimestralmente.