Decisiones para ahorrar en la Renta de 2019

Fiscal Publicado el 19/11/2019


Este año, debido a la parálisis política, prácticamente no hay novedades. Resumimos los aspectos más importantes para reducir su factura fiscal en la Renta de 2019

Qué podemos hacer en los rendimientos del trabajo.

• Puede ser interesante sustituir rentas dinerarias por rentas en especie exentas para el trabajador como, vales comida, guardería, seguro médico o la entrega de participaciones de la empresa.

• Si cobró el desempleo en la modalidad de pago único, no tributará por ella. El requisito es que no cese en la actividad iniciada durante los 5 años siguientes.

• Si percibió una indemnización por despido exenta y en el plazo de tres años vuelve a ser contratado por la misma empresa pierde la exención.

Si desarrolla una actividad económica puede ahorrar impuestos.

• Si puede decidir, es conveniente analizar en qué año se devenga un rendimiento o una ganancia, ya que es posible que pueda ahorrar impuestos. Por ejemplo, en ocasiones puede decidir en qué año ultimar una venta o realizar un gasto de la actividad económica.

• Si es empresario o profesional y se desplaza fuera del domicilio de su actividad por razones de trabajo podrá deducir los gastos de manutención en establecimientos de restauración y hostelería que se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los limites de las dietas exentas.

• Son gastos deducibles de la actividad las primas de seguro de enfermedad con el límite de 500 € anuales por cada una de las personas de la unidad familiar y de 1500 € en el caso de que el contribuyente, su cónyuge o hijos menores sean discapacitados.

• Si desarrolla una actividad económica en su propio domicilio puede deducir los gastos de la vivienda como amortizaciones, el IBI, los intereses, la tasa de basuras el seguro o la comunidad de propietarios en función de los metros cuadrados destinados a la actividad y los gastos de suministros de dicha vivienda, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.

• En diciembre se puede optar por el sistema de “módulos” o estimación directa, por lo que hay que analizar cual es el más económico.


Ahorros con ganancias patrimoniales y lotería.

• También están exentas las ganancias en la venta de la vivienda habitual cuando el importe obtenido se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años.

• Si ha cumplido los 65 años y tiene pensado vender su vivienda habitual, la ganancia está exenta y si vende otros bienes la ganancia puede ser exenta si reinvierte en una renta vitalicia .

• Si ha transmitido o va a transmitir bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 podría aplicar los antiguos coeficientes de abatimiento que reducen el coste fiscal.

• Recuerde que los traspasos entre fondos de inversión no tributan.

• Se ha elevado el importe exento de los premios de determinadas loterías.

• Es importante conocer el sistema de compensaciones de ganancias y pérdidas ya que puede suponer un importante ahorro fiscal, tanto con las del año como las de años anteriores.


No olvidemos las deducciones y reducciones.

• Es habitual ahorrar impuestos aportando al plan de pensiones con el límite de 8.000 € anuales ó el 30% de los rendimientos o también podrá aportar al del cónyuge hasta 2.500 €. En caso de discapacitados, los límites son muy superiores.

Invierta en su vivienda para deducir impuestos. Sigue vigente la deducción por inversión en vivienda habitual para quienes la adquirieron antes del 1 de enero de 2013, que podrán deducir hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite máximo de 9.040 euros.

• En caso de vivir en una vivienda arrendada, podría seguir deduciendo la tenía alquilada desde antes del 1 de enero de 2015 y se hubiera deducido por ella con anterioridad.

Deducciones por donativos a ciertas entidades pueden dar derecho a una deducción del 75%.

• Si cobra alquiler de vivienda podría aplicar una reducción del 60% del rendimiento neto.

• Se ha incrementado en 1.000 euros la deducción por maternidad si lleva a los hijos/as a la guardería

• Las familias numerosas tienen derecho a una deducción de 1.200 euros anuales si son de tipo general -desde tres hijos- o de 2.400 euros si son de categoría especial.
Consejo
Contar con un buen profesional antes de fin de año, sería el mejor consejo.
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